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Sociedad y Estado · Unidad 4 — Régimen político: democracia y autoritarismo

El origen del federalismo argentino

Gibson y Falleti muestran que el federalismo argentino no se diseñó: salió de setenta años de conflicto entre provincias desiguales, en los que ganó el bando que necesitaba un gobierno central fuerte para frenar a Buenos Aires.

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La explicación

El aporte de los autores

Gibson y Falleti discuten con William Riker, cuya teoría clásica dice que las unidades territoriales se federan por una amenaza militar externa o por una oportunidad de expansión. Ese esquema no explica el caso argentino: entre la independencia y 1853 hubo guerras, pero ninguna involucró a la mayoría de las futuras unidades de la federación ni fue decisiva en los dos hitos que la establecieron.

Su propuesta tiene dos partes:

Las tres causas, una por resultado

Por qué las provincias querían la unión, y por qué Buenos Aires también

Las provincias: el precio de la secesión no era ser conquistadas por otra potencia sino la pobreza y el aislamiento económico. Casi todas las salidas al comercio exterior pasaban por Buenos Aires, que controlaba el puerto, la aduana y por lo tanto las rentas; también les interesaba que los ríos navegables hacia el Río de la Plata quedaran abiertos y no en manos de un poder hostil. Necesitaban desesperadamente el dinamismo económico que sólo Buenos Aires podía darles, y le temían con igual desesperación al costo político de unirse con el gigante.

Buenos Aires: la unión le ofrecía ampliar los mercados y las rentas comerciales bajo su control. Con el auge de la lana y del ganado en la pampa y la demanda internacional de productos agrícolas, necesitaba además tierras y asentamientos hacia el norte y el oeste: su capacidad de aprovechar el auge global quedó atada a su relación política con el interior.

Ese es el mecanismo entero de la unidad nacional, y no tiene nada de épico: necesidad económica mutua entre socios que desconfiaban el uno del otro. El título del artículo —«la unidad a palos»— toma una frase de la época que resume el método con el que se resolvió esa desconfianza.

Las etapas

Por qué 1853 fue una solución

Botana la describe como una fusión de los ideales unitarios y federales: incorpora el ideal unitario de un gobierno central con un presidente poderoso y los principios federales de autonomía provincial y representación en las instituciones nacionales. El régimen que establece es federal, con legislatura bicameral y justicia independiente. Del lado de la representación provincial: un Senado con dos senadores por provincia elegidos por las legislaturas locales —lo que le daba un papel nacional a los gobernadores—, y un presidente de seis años sin reelección inmediata, electo por un colegio de delegados provinciales. Del lado de la centralización: la intervención federal (artículo 6), copiada de la cláusula estadounidense, que el texto final dejó redactada de manera ambigua —permitía intervenir con y sin pedido local y no aclaraba si hacía falta aprobación del Congreso—. Entre 1853 y 1860 el gobierno central intervino todas las provincias salvo Entre Ríos y San Luis, y todas las intervenciones se dispusieron por decreto presidencial.

El giro que hay que poder explicar: los federales descentralizadores de 1820 son los centralizadores de 1853. No cambiaron de ideas por convicción: cambiaron porque la experiencia de la Confederación les enseñó que un gobierno central autónomo, lejos de ser el agente de Buenos Aires, era el único contrapeso posible frente a ella. Buenos Aires hizo el camino inverso: aceptó la centralización cuando pudo controlar el gobierno central y defendió la descentralización cuando ese gobierno amenazó con volverse autónomo.
Un ejercicio resuelto, paso a paso

«La Constitución de 1853 resolvió el problema del federalismo argentino». Evaluá la afirmación con el argumento de Gibson y Falleti.

La afirmación es parcialmente cierta y engañosa a la vez, y separar las dos mitades es todo el ejercicio.

1. En qué sentido sí fue una solución. La Constitución fue percibida como tal por la mayoría de la élite política porque fusionó los dos proyectos enfrentados: presidente fuerte (ideal unitario) más autonomía provincial y representación provincial en las instituciones nacionales (principios federales). Y porque les dio a las provincias del interior lo que habían aprendido a querer: un gobierno central con autonomía suficiente para funcionar como contrapeso de Buenos Aires.
2. En qué sentido no resolvió nada todavía. Buenos Aires no la firmó. La unión funcionó seis años con capital en Paraná, hostigándose con bloqueos y aranceles, hasta que la derrota de Cepeda en 1859 y las reformas de 1860 la trajeron adentro. Y un año después, en Pavón, Buenos Aires se impuso militarmente: con Mitre presidente en 1862 el federalismo volvió a ser hegemónico, ahora con un gobierno central mucho más poderoso al servicio de la misma provincia.
3. Qué resolvió de verdad, y cuándo. Lo que la Constitución sí hizo fue crear las arenas donde el conflicto pudo pasar del campo de batalla a las instituciones: el Senado con dos por provincia, el Colegio Electoral, el peso nacional de los gobernadores. Ahí se armó la coalición que ganó la sucesión de 1868 con Sarmiento y que, convertida en el PAN, sostuvo a Avellaneda y a Roca. El conflicto se cierra en 1880, con la derrota militar de Buenos Aires y la federalización de la ciudad.

Respuesta armada: 1853 no resolvió el conflicto; le cambió el terreno. Fue la condición institucional de la solución, no la solución. Y usando el esquema de los autores se dice más corto: en 1853 el federalismo argentino empieza a moverse de hegemónico a plural, pero ese movimiento tarda veintisiete años y termina, como empezó, a palos.

Y uno del nivel del parcial

Evaluar esta afirmación: "el federalismo argentino es un problema de diseño constitucional; si la Constitución repartiera mejor las competencias, no habría conflicto entre la Nación y las provincias". Usar la distinción entre federalismo como diseño y como práctica.

La afirmación supone que el conflicto federal se resuelve escribiendo mejor el reparto de competencias. El ejercicio pide mostrar por qué eso no alcanza, y para eso hay que separar dos planos.

federalismo como DISEÑO: qué dicen las normas sobre quién
   hace qué
federalismo como PRÁCTICA: cómo se distribuye efectivamente
   el poder entre los niveles

Lo que el diseño sí resuelve. La Constitución distingue tres clases de competencias, y esa distinción funciona:

exclusivas de la Nación: relaciones exteriores, defensa, moneda,
   aduanas, códigos de fondo
exclusivas de las provincias: dictar su propia constitución, elegir
   sus autoridades, administrar justicia ordinaria, educación primaria
concurrentes: las que pueden ejercer los dos niveles — impuestos
   internos, obras, salud, promoción del desarrollo

Y las provincias conservan todo el poder no delegado, que es el principio que define a un Estado federal frente a uno unitario. Hasta ahí, el diseño es razonablemente claro.

Dónde el diseño no alcanza: el dinero. Y acá está el argumento central de la respuesta.

las provincias tienen a su cargo las funciones que más gastan
—salud, educación, seguridad, la mayor parte del empleo público—
y los impuestos más rendidores los recauda la Nación

Una provincia puede tener todas las competencias del mundo escritas en la Constitución y no poder ejercer ninguna si no tiene con qué pagarlas. La autonomía sin recursos propios es formal.

Ese es el punto que la afirmación no ve: el conflicto federal no es sobre quién hace qué, que está bastante claro, sino sobre quién paga y, sobre todo, sobre quién decide cuánto le toca a cada uno. Repartir mejor las competencias no toca ese problema.

El caso que lo prueba: la coparticipación. La reforma de 1994 previó expresamente que se sancionara una nueva ley de coparticipación, con acuerdo de las provincias, antes de que terminara 1996. Esa ley nunca se sancionó.

el diseño constitucional ordenó hacerla
la práctica política no la produjo, durante décadas

Por qué no se sanciona. Porque cualquier reparto nuevo tiene ganadores y perdedores, y la ley necesita el acuerdo de las provincias que perderían. El régimen vigente, que todos consideran malo, sobrevive porque cambiarlo requiere una mayoría que no se forma.

Eso muestra algo más general y es la conclusión del ejercicio:

una norma constitucional que manda hacer algo no lo produce
si los actores con poder de veto prefieren el statu quo

La otra mitad de la práctica: las transferencias discrecionales. Además del régimen automático de coparticipación, el gobierno nacional dispone de transferencias que asigna con criterio propio: obras, aportes del tesoro, refinanciaciones de deuda. Esa parte no está en el diseño y es la que produce la relación política concreta entre un presidente y un gobernador.

La evaluación de la afirmación, en tres puntos:

· acierta en que el diseño importa: sin normas claras no hay federalismo
· se equivoca al creer que un mejor reparto de competencias alcanza
· omite lo decisivo: el reparto de RECURSOS y el margen discrecional

Qué habría que mirar, entonces, para evaluar el federalismo de un país: no la letra del reparto de competencias sino tres datos de la práctica — qué proporción de su gasto financia cada provincia con impuestos propios, qué parte de las transferencias es automática y qué parte discrecional, y si existen reglas estables o se renegocia todos los años.

Dónde se pierde el punto: contestar solo con la lista de competencias exclusivas y concurrentes. Eso es el diseño, y es la mitad de la respuesta; lo que el ejercicio pide es mostrar por qué el diseño no explica el conflicto.

Dónde se cae la mayoría

Hasta acá la explicación. La práctica es la otra mitad: 7 ejercicios de este tema, en cuatro niveles, que no te dicen sólo si está bien al final sino que te corrigen en cada paso y te explican por qué. Además trae una animación que muestra la idea en movimiento.

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