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Sociedad y Estado · Unidad 7 — Derechos, género y movimientos sociales

Del reclamo a los tribunales

Después de la dictadura los reclamos sociales aprendieron a hablar el idioma del derecho, y ese aprendizaje quedó disponible como repertorio para todos los conflictos que vinieron después.

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La explicación

El cambio de gramática

Delamata parte de una observación: en la Argentina, cuando un grupo quiere reclamarle algo al Estado, es muy habitual que lo formule como un derecho y que use herramientas legales —la Constitución, un tratado, un juicio colectivo— para sostenerlo. Eso no fue siempre así, y su pregunta es de dónde salió esa costumbre.

La respuesta es la transición democrática. Con el fin de la dictadura, la gramática de los derechos humanos cambió el modo de demandar: puso la titularidad de los derechos en las personas y colocó en el Estado la responsabilidad de resguardarlos. El campo jurídico ganó autonomía frente a los actores sociales, y esos actores empezaron a usar el discurso legal para darle legitimidad a lo que pedían.

Repertorio: el concepto de Tilly que sostiene todo el texto

Delamata toma de Charles Tilly la idea de repertorio de lucha política. Un repertorio no es una lista de tácticas disponibles en abstracto: es lo que resulta de que la experiencia acumulada de los actores se cruce con las estrategias de las autoridades, y que deja a mano un conjunto de medios de acción más práctico, más atractivo y más frecuente que otros que en principio servirían para lo mismo.

Traducido: los movimientos no eligen cómo protestar en una pizarra en blanco. Hacen lo que ya funcionó, lo que ya vieron hacer, lo que la contraparte enseñó a hacer respondiendo de cierta manera. Por eso Delamata puede decir que la judicialización del reclamo no es una moda: es un repertorio que se fraguó en los primeros años de la democracia y quedó incorporado.

De la post-dictadura a 1994

La paradoja de los años 90

Acá el texto da vuelta lo que uno esperaría. Con una Constitución recién ampliada, lo previsible sería que la protesta social se apoyara en ella. No pasó:

Recién en el nuevo milenio los movimientos emergentes vuelven a la Constitución reformada para darle existencia política a sus aspiraciones. Delamata anota un detalle fino: esos actores no participaron de la definición de esos derechos, que venían de luchas de otro tiempo y no siempre se ajustan a sus expectativas. Lo que hacen es apropiarse de enunciados jurídicos ya disponibles y usarlos para su propio conflicto.

Por qué acá no pasó lo mismo que en Brasil o en Uruguay

Delamata compara para mostrar que el vínculo entre derechos y "democracia participativa" tomó formas distintas en la región:

Los efectos de la movilización sociolegal

La autora señala tres, y son lo que más se pregunta del texto:

El saldo, sin optimismo automático. Delamata aclara que no todas las acciones alcanzan su cometido; que un derecho entre en la política pública no lo convierte en obligación de cumplimiento, y a veces se tergiversa al aplicarlo por la redistribución de cargas que impone. Ganar el argumento jurídico y cambiar la situación material son dos cosas distintas.
Ejemplo resuelto

Una asamblea vecinal se opone a una obra que afectaría el agua de la zona. En vez de sólo cortar la ruta, contrata abogados, invoca el derecho al ambiente y presenta un amparo colectivo. Leé la situación con Delamata.

Es un caso de manual de movilización sociolegal. Vale la pena desarmarlo paso por paso.

1. El reclamo existe antes que su forma jurídica. Lo que motiva a la asamblea es un conflicto concreto por el agua, no una cuestión constitucional.
2. Se lo traduce al lenguaje de los derechos. "No queremos la obra" se convierte en "está en juego un derecho reconocido". Ese cambio de gramática es lo que Delamata rastrea hasta la transición democrática.
3. La herramienta existe porque alguien la creó antes. El amparo colectivo está disponible porque la reforma de 1994 habilitó reclamos colectivos por vía judicial, y el derecho invocado está en la Constitución y en los tratados.
4. Se convoca la voz experta. Abogados, informes técnicos: es parte constitutiva del repertorio, no un adorno.

Lo que agrega el concepto de repertorio: la asamblea no inventó esta estrategia. La eligió porque ya está probada, porque otros actores la usaron y porque las autoridades respondieron a ella. Es la experiencia acumulada cruzada con las estrategias de la contraparte.

Y los efectos, si prospera. La discusión pasa del terreno de las preferencias mayoritarias al de las razones legales y los saberes técnicos: es probable que, si llega al parlamento provincial, los votos crucen a los bloques en vez de seguirlos. Al mismo tiempo, someter el reclamo a una consulta popular resulta menos atractivo para la asamblea, porque una votación podría recortar el alcance de algo que ella presenta como un derecho indisponible.

Cierre honesto: ganar el amparo no es lo mismo que resolver el conflicto. Delamata advierte que un derecho puede entrar en la política pública sin convertirse en obligación efectiva de cumplimiento.

Dónde se cae la mayoría

Hasta acá la explicación. La práctica es la otra mitad: 6 ejercicios de este tema, en cuatro niveles, que no te dicen sólo si está bien al final sino que te corrigen en cada paso y te explican por qué. Además trae una animación que muestra la idea en movimiento.

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@soytiza.ok